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Educación superior obligatoria

Raúl Contreras Bustamante

Raúl Contreras Bustamante

Corolario

El pasado 15 de mayo por fin fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la nueva reforma constitucional en materia educativa. La enmienda contiene muchos cambios trascendentes, pero en esta ocasión deseo analizar lo relativo a la educación superior.

La nueva fracción X del artículo 3º de la Constitución dispone que: “La obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado. Las autoridades federal y locales establecerán políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad, en términos que la ley señale. Asimismo, proporcionarán medios de acceso a este tipo educativo para las personas que cumplan con los requisitos dispuestos por las instituciones públicas”.

En México, el sistema de educación superior ha experimentado un crecimiento importante en los últimos tiempos. En la década de los años 70 había alrededor de 270 mil estudiantes en 385 escuelas. Para el año 2017, la cifra alcanzó los 4.4 millones de estudiantes en más de 7 mil escuelas. Otro dato: sólo el 1% de la población de nuestro país cuenta con una maestría y menos del 1% con un doctorado.

Conviene advertir que en la actualidad, en México sólo el 17% de las personas entre 25 a 64 años de edad cursan la educación superior, la proporción más baja entre todos los países de la OCDE.

La reforma constitucional pretende entrar a una nueva dimensión del derecho social de la educación, en favor de las personas. A partir de ahora, el compromiso y la obligación de las autoridades —de los diferentes órdenes de gobierno— deberá ser mayor para hacerlo efectivo, dentro del esquema de progresividad que caracteriza a los derechos fundamentales. 

La educación superior es la que se imparte después del bachillerato o equivalente y existen distintos niveles dentro de ésta: técnico superior, licenciatura y posgrado. De igual manera existen diferentes tipos de instituciones que la ofrecen.

De tal suerte que el reto que se tiene por delante es colosal. Se trata de optimizar la infraestructura escolar existente y de crear nuevos centros de educación superior para ir abriendo espacios a miles de jóvenes que a la fecha no pueden acceder a formarse.

Esta reforma pretende lanzar hacia un mejor futuro a la juventud. Al definir que también la educación superior —además de obligatoria— deberá ser universal, inclusiva, pública, gratuita y laica, compromete al Estado a hacer cumplir estos enunciados.

Y conviene destacar que la reforma constitucional no sólo aspira a abrir espacios educativos a más jóvenes, sino que también indica —de manera expresa— que la educación en nuestro país deberá ser de “excelencia”; entendida ésta como el mejoramiento integral constante que promueva el máximo logro de aprendizaje de los educandos.

Es imprescindible advertir que ampliar las metas en materia de educación superior no sólo es un tema de números, sino también de estándares de calidad. De poco servirá contar con cientos de universidades si los profesores que en ellas enseñen no cuentan con un nivel también de excelencia para formar a los jóvenes.

La educación es el derecho social de mayor importancia: el verdadero instrumento de justicia que permite disolver de fondo las diferencias sociales y la pobreza. Reconocer a la educación superior como obligación del Estado requerirá de políticas públicas y mayores presupuestos. Esperemos.

Como Corolario, las palabras de George Washington: “La educación es la llave para abrir la puerta de oro de la libertad”.

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