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Agua: derecho o mercancía (V)

Opinión del experto nacional

Opinión del experto nacional

 

Por Ramón Aguirre Díaz

El tema no es para nada sencillo. Esa dualidad que tiene el agua como recurso esencial para el alcance de derechos humanos fundamentales, al mismo tiempo de poder considerarse como una mercancía nos sitúa en los dos extremos, abiertamente contrapunteados. Por ello, en México resulta necesario y estratégico contar con una regulación adecuada y con mecanismos de supervisión y control, además de la necesidad de que la Comisión Nacional del Agua realice los estudios pertinentes, a fin de que actualice la disponibilidad del agua de nuestras fuentes de abasto.

Para ello, debemos analizar algunas aristas que complican el asunto, una de ellas es el cargo diferenciado por concepto de pago de derechos por el uso o aprovechamiento del agua, donde los agricultores y ganaderos están exentos, mientras que los usos público-urbano y en actividades productivas sí están sujetos al pago de estos derechos. La exención a los agropecuarios, quienes en muchos casos tienen amplios volúmenes concesionados que no utilizan en su totalidad, genera en algunas zonas la expectativa por parte de ellos para comercializar su transferencia a particulares, lo que ha resultado el principal mercado de especulación en materia de agua porque hablamos de precios millonarios. Faltaría una mejor supervisión, para con ello proceder a la cancelación de los volúmenes concesionados que los usuarios agrícolas no estén ocupando.

Otro problema es que muchos de nuestros ríos y acuíferos se encuentran sobreconcesionados, es decir, si sumamos las autorizaciones otorgadas a lo largo del tiempo para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de agricultores, personas físicas o morales y para público urbano, éstas superan la capacidad media de algunas fuentes de abasto, con lo que se generan severas disputas, sobre todo en el caso de aguas superficiales (ejemplo del río Conchos y las aguas del Tratado Internacional con Estados Unidos) y una fuerte sobreexplotación en el caso de los principales acuíferos del país.

Una alternativa para resolverlo sería establecer en la ley que las renovaciones de las concesiones otorgadas sean ajustadas proporcionalmente al porcentaje de sobreconcesionamiento que tenga la fuente de abastecimiento, debiendo proteger aquellos usos relacionados con el doméstico y el público urbano, el cual también deberá tener límites en materia de la obligación de un uso eficiente del agua. Adicionalmente, deberá modificarse la ley, para negar en estos casos la posibilidad de transferir derechos de concesión, ya que no debe permitirse hacerlo cuando el acuífero o el río esté sobreconcesionado.

Otro caso se tiene con usuarios industriales que no ocupan la totalidad de las aguas que les fueron autorizadas, pero que saben que tiene un alto valor de mercado en zonas de fuerte demanda y especulan con el cobro por transferir esos derechos. Un usuario industrial puede hacer artimañas pagando ocasionalmente por agua que realmente no ocupa para con ello evitar la prescripción y mantener los derechos vigentes. Se requiere una reforma que no permita esta práctica y que los volúmenes no necesarios se cancelen automáticamente.

El mercado del agua en México es una realidad, la sobreexplotación de muchas de las fuentes de abasto más importantes también lo es y lo cierto es que debemos mejorar nuestro marco legal. Asimismo, debe otorgarse a la Conagua mayores recursos y personal para cumplir con su función regulatoria, supervisora y del control de este importantísimo recurso vital.

 

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